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NOTICIAS ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA

(Viñetas Faro:
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Nota Carrera,
Jubilación parcial funcionarios y Negociados
Estimados compañeros y compañeras:
En primer lugar, os informamos que durante el último mes, la
CSI estuvo sin posibilidad alguna de enviar correos electrónicos
informativos a los empleados públicos, motivado por el traslado a un nuevo
local; los entramados burocráticos nos hicieron permanecer todo este tiempo
aislados hasta que logramos solucionar el tema.
Nuestro nuevo local está en la C/ Hermanos Pidal, nº 14, bajo y las
extensiones internas no funcionan aún, pero podéis dirigiros a nosotros
telefónicamente en el 985 29 69 64, bien a través de la dirección habitual
de correo electrónico, o también os atenderemos en el local sindical todos
los viernes de 9 a 14 horas .
Os adjuntamos un escrito en el que recogemos nuestra opinión sobre los
últimos acontecimientos relacionados con la tan traída y llevada "Carrera
Profesional", así como una información sobre la situación actual de la
Jubilación Parcial y os hacemos saber que está previsto que en el BOPA del
lunes 9 de noviembre salga publicada la Resolución del Concurso de
Negociados; a partir del día siguiente, comienzan los plazos para tomar
posesión de los nuevos destinos
JUBILACIÓN PARCIAL FUNCIONARIOS.-
En reunión mantenida en el día de ayer con la Dirección General de Función
Pública, para abordar la situación actual de la Jubilación Parcial del
Personal Funcionario, se nos informa de la existencia de una Sentencia de la
Sala de lo Social del Tribunal Supremo que, frente a lo recogido en
sentencias de otras instancias judiciales, niega el derecho a este tipo de
jubilación al personal estatutario y funcionario. La Administración nos
advierte que esta situación puede originar serios problemas si se ejecutan
las sentencias que reconocen este derecho a la jubilación parcial para los
funcionarios. Por un lado, la Seguridad Social no cubriría la parte que le
corresponde y por otro la Administración solamente cubriría los salarios
correspondientes a la parte de trabajo efectivo.
Ante esta situación, recordamos:
1) Que el EBEP reconoce el derecho a la jubilación parcial y además el
compromiso a tener desarrollado este aspecto antes del 31 de diciembre de
2009, aspecto éste incumplido totalmente (desde la aprobación del EBEP no se
ha modificado la pertinente legislación en materia de Seguridad Social que
lo permita desarrollar). Como veis los malos acuerdos se los lleva el viento
en lo que nos puedan beneficiar.
2) La Administración Asturiana también tiene la obligación expresada a
través de sus propias resoluciones de equiparar los derechos de los
funcionarios y laborales en todos los aspectos.
Esta situación cercena un derecho reconocido por la vía de la imposibilidad
de hecho de ejercerlo: sin cobrar no hay jubilación.
VER:
DOCUMENTO ADJUNTO
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